AFIP: AUMENTO EN AUTÓNOMOS

Rige a partir de septiembre, para los vencimientos de octubre 2015.

Se recuerda a Uds. que, a partir del mes devengado setiembre de 2015 (con vencimiento durante el corriente mes), se incrementa el aporte mensual de los Trabajadores Autónomos con destino a la Seguridad Social, a raíz de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la ley 26417.

 

APORTES MENSUALES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Categorías mínimas de revista

Concepto Porcentaje Vigencia: desde el 1/9/2015 al 28/2/2016
 I I’(*) II II’(*) III III’(*) IV IV’(*) V V’(*)
 Renta imponible   2.492,21 3.489,07 4.984,42 7.975,06  10.965,70
 16  398,75 398,75  558,25  558,25 797,51  797,51  1.276,01 1.276,01  1.754,51  1.754,51

Aporte personal jubilación (1)

 11/14  274,14 348,91  383,80 488,47 548,29 697,82 877,26 1.116,51  1.206,23 1.535,20
 INSSJP (1)  5 124,61 124,61 174,45  174,45 249,22 249,22 398,75 398,75 548,28 548,28
Total aporte (2)    797,50  872,27 1.116,50  1.221,17  1.595,02  1.744,55 2.552,02 2.791,27 3.509,02 3.837,99
            (*) Trabajadores autónomos con tareas diferenciadas

 

Grupos de actividades Ingresos brutos obtenidos en el último año Tablas Categorías Importe mensual(2)
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares y socios de sociedades de cualquier tipo Mayores a $ 30.0
00
 I  V 3.509,02
 Mayores a $ 15.000 y menores o iguales a $ 30.000  IV 2.552,02
 Menores o iguales a $ 15.000  III  1.595,02
Actividades no incluidas en el punto anterior que constituyan locaciones o prestaciones de servicios  Mayores a $ 20.000  II  II  1.116,50
Menores o iguales a $ 20.000 I 797,50
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores Mayores a $ 25.000 III  II 1.116,50
 Menores o iguales a $ 25.000  I  797,50
Afiliaciones voluntarias Sin limitación IV     I  797,50
Menores de 18 años hasta 21 años  797,50
Jubilados por la ley 24241  672,89
Amas de casa y ex agentes de la Administración Pública 274,14

 

Concepto Porcentaje Trabajadores jubilados(3) Menores de 21 años Afiliaciones voluntarias Amas de casa(4)
I I I I
Renta imponible   2.492,21 2.492,21 2.492,21 2.492,21
Aporte personal 16 398,75 398,75 398,75
Jubilación 11/14 274,14 274,14 274,14 274,14
INSSJP 5 124,61 124,61
Total aporte 32/35 672,89 797,50 797,50 274,14

Notas:

(1) Se lleva a cabo esta apertura a los fines de poder liquidar accesorios en los casos que correspondan.

El aporte personal del trabajador autónomo se encuentra constituido por un 16% que deberá considerarse contribución, a los fines de liquidar intereses (Código 358) para el F. 801 E, y 11% o 14% (para tareas diferenciales) como aporte (Código 308)

(2) Fuente: AFIP

(3) Corresponde a los aportes mensuales de beneficiarios de prestaciones previsionales de la L. 24241 que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma

(4) Por L. 24828 y R. (SAFJP) 399/1997, a partir del período agosto de 1997, inclusive, las amas de casa podrán optar por ingresar al SIJP una alícuota diferencial del 11%, calculada sobre la renta imponible mensual de la categoría más baja, pudiendo optar por una categoría superior.