Nuevas normas para validar comprobantes recibos de proveedores. Recordar que la utilización de facturas apócrifas es un delito. Pero no realizar retenciones, hace perder los créditos fiscales que se hayan computado. Imprimir cada verificación y su resultado, y archivar con la Factura.
Este es un resumen de la normativa vigente para controles sobre comprobantes de facturas de los proveedores, antes de proceder a realizar la imputación y posterior pago a proveedores.
Si bien estos controles no garantizan que el fisco pueda considerar alguna de las facturas como apócrifas, o cuestionar los créditos tomados.
- Verificar la constancia de inscripción en AFIP.
La nueva normativa relacionada establece en 30 días corridos el nuevo plazo de validez de las constancias de inscripción, a partir del 1°/12/2017, antes era de 180 días. A su vez elevó de $150 a $2.000 por transacción el piso a partir del cual corresponde se efectúe la consulta de la condición tributaria de los contribuyentes.
Para efectuar la consulta de la condición tributaria, se agregó una transacción de intercambio de información mediante “Web Services”, denominada “CONSULTA CONSTANCIAS DE INSCRIPCIÓN” y a la que se accederá con certificado de seguridad digital obtenido mediante el uso de la Clave Fiscal.
- Verificación y control de consistencia de las actividades dadas de alta en AFIP según la constancia del punto anterior, con los bienes o servicios facturados.
- Verificar el CAI facturas papel o CAE para facturas electrónicas.
Sitio: (https://servicios1.afip.gov.ar/genericos/comprobantes/default.aspx)
En esta consulta se pueden constatar los siguientes comprobantes:
- Con CAI. Esta consulta permite a los receptores de comprobantes (facturas y documentos equivalentes clases «A», «B» o «C»), constatar que cada uno de ellos se encuentre autorizado por la AFIP. La presente consulta no ofrece información sobre la validez de las facturas y/o documentos equivalentes emitidos por Controladores o Impresoras Fiscales.
- Sin CAI. Esta consulta permite a los receptores de comprobantes clase «C» (facturas y documentos equivalentes) sin C.A.I. constatar si el mismo fue informado por el emisor – R.G. 3.704/2015. La presente consulta no ofrece información sobre la validez de las facturas y/o documentos equivalentes emitidos por Controladores o Impresoras Fiscales.
- Con CAE y con CAEA. Esta consulta permite a los receptores de comprobantes electrónicos habilitados constatar que cada uno de ellos se encuentre autorizado por la AFIP.
- Verificar que el CUIT no esté en la lista de proveedores apócrifos en página web de AFIP.
Sitio: (http://www.afip.gob.ar/genericos/facturasApocrifas)
- Tomar conocimiento del cliente y de su capacidad económica que justifique los bienes o servicios prestados, como su domicilio, verificar si la empresa posee bienes de su propiedad, estatutos sociales, Formulario F. 931 por empleados, inscripciones en otros organismos, representantes legales, etc.
- Circuitos de pago. En este sentido tener en cuenta que según lo establecido en la Ley Antievasión y normativa relacionada, la totalidad de los pagos deben realizarse por medios bancarizados, salvo los menores a $ 1.000.
- Realizar todas las retenciones y/o percepciones de impuestos nacionales y/o provinciales.
Esta lista opera a modo de resumen. Insistimos en la lectura y aplicación de los protocolos de rutinas administrativas que enviamos, y celebramos todos aquellos otros controles y capacitaciones que la empresa realice, con el objetivo de evitar posibles ajustes del fisco, y como medio de prueba en posibles defensas administrativas o judiciales.
