Si no se cumple con estas normas, pueden quedarse sin posibilidad de facturar.
Volvemos a recordar que a partir del 1° de Julio de 2015 será de utilización obligatoria la FACTURA ELECTRONICA, para la instrumentación de las operaciones de venta. Chequear los sistemas e ingresos a Internet, para adaptarse a esta norma.
A partir del 1° de Julio de 2015, también, será obligatoria la presentación MENSUAL de la DDJJ DEL REGIMEN INFORMATIVO DE COMPRAS Y VENTAS, donde se deben detallar una por una las facturas tanto de compra como de venta realizadas en el mes.
Es fundamental que requiera una reunión en el ESTUDIO a los efectos de lograr la correcta implementación de estas normas en su empresa, ya que no sólo debe emitir la factura en forma electrónica sino que deben cargar el aplicativo en cada empresa y luego remitir la información a nuestro estudio.
Si no se cumple con esta Resolución General, la AFIP desde su página tiene la facultad de inhabilitarlos para emitir facturas electrónicas.
