AUTÓNOMOS: AUMENTO ON LINE

 

A días del vencimiento, la AFIP da a conocer los nuevos valores mensuales que deben soportar autónomos

iProfesional – A menos de una semana que arranquen los vencimientos, y sin mediar la respectiva resolución general, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer -a través de su sistema web- los nuevos valores que a partir de este mes deben soportar los autónomos.

La actualización del haber mínimo jubilatorio que llevó el valor a $2.757 mensuales impactó de lleno en la carga fiscal que soportan mensualmente los trabajadores independientes.

De esta manera, los autónomos acceden a la tabla de los valores actualizados de la cuota de autónomos vigente a partir del devengado marzo 2014.

Por lo tanto, el esquema de tributación para estos trabajadores independientes, quedó diagramado de la siguiente manera:

Categoría I. Aporte mensual de 511,47 pesos:

  • Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20.000.
  • Comerciantes con sumas de hasta $25.000 por año.
  • Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).

Categoría II. Aporte mensual de 716,05 pesos:

  • Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ganancias anuales los 20.000 pesos.
  • Comerciantes que superen los $25.000 anuales.

Categoría III. Aporte mensual de 1.022,93 pesos:

  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con rentas por año inferiores o iguales a 15.000 pesos.

Categoría IV. Aporte mensual de 1.636,69 pesos:

  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.

Categoría V. Aporte mensual de 2.250,45 pesos:

  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con entradas superiores a los 30.000 pesos.

Para facilitar la tarea, la AFIP puso a disposición de los trabajadores independientes una herramienta online que posibilita simular el trámite que deberán realizar.

Éste permite saber de antemano la categoría que le correspondería declarar de acuerdo con los datos que cargue. Asimismo, la herramienta online informa el importe mensual a abonar de acuerdo con la nueva situación fiscal declarada.

  • Parámetros desactualizados

Si bien semestralmente los trabajadores autónomos soportan un nuevo aumento en el monto a cancelar mensualmente, el fisco nacional los sigue obligando a actualizar su situación fiscal en base a parámetros de honorarios que llevan más de siete años sin ser modificados.

Los valores se han mantenido sin alteración alguna desde el dictado del decreto 1866/06, previendo montos de entre $15.000 y $30.000 anuales.

  • Los más perjudicados

Entre los más perjudicados por este proceso de recategorización se encuentran los accionistas de una sociedad anónima.

Esto es así, ya que el organismo de recaudación considera que los dividendos recibidos deben ser computados al momento de determinar el ingreso bruto anual. En efecto, el monto total registrado en 2013 constituye un parámetro fundamental para determinar si el contribuyente debería saltar de categoría, aumentando así su cuota mensual.

Sin dejar lugar a dudas, ante la consulta elevada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba), el fisco sostuvo que «a los efectos de determinar los ingresos para su inclusión en las categorías de trabajadores autónomos existentes corresponde considerar los dividendos percibidos».

«Por ejemplo, si tomamos dos profesionales que facturan lo mismo podrían encontrarse en categorías diferentes, ya sea que invirtieron sus ahorros en un plazo fijo o en acciones», explicaron los especialistas.