Fuente: EleVe – Los sueldos de septiembre pagarán menos ganancias y tendrán un aumento en las asignaciones familiares.
Rige a partir del 1º de setiembre de 2013, inclusive.
Por otro lado, se gravará con un 15% las ventas de participaciones en empresas que no cotizan en bolsa, y los dividendos pagarán una tasa del 10%.
1. Sujetos con una remuneración bruta menor a $ 15.000
Para aquellos sujetos que obtengan ganancias incluidas en los incisos a) -desempeño de cargos públicos y la percepción de gastos protocolares-, b) -trabajo personal ejecutado en relación de dependencia- y c) -jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan origen en el trabajo personal y de los consejeros de las sociedades cooperativas, cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, no supere la suma de quince mil pesos ($ 15.000), se establece un incremento de la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de la ley mencionada, hasta un monto equivalente al que surja de restar a la ganancia neta sujeta a impuesto las deducciones de los incisos a) y b) del mencionado artículo 23.
Este beneficio deberá exteriorizarse en los recibos de haberes bajo el concepto “Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias – Beneficio Decreto PEN 1.242/2013”
2. Sujetos con una remuneración bruta entre $ 15.000 y $ 25.000
En el caso sujetos que obtengan ganancias incluidas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, este ubicada en el rango de quince mil pesos ($ 15.000) a veinticinco mil pesos ($ 25.000), se establece un incremento del veinte por ciento de las deducción personales establecida en los incisos a) –mínimo no imponible-, b) –cargas de familia- y c) –deducción especial- del artículo 23 de la ley mencionada.
3. Sujetos con una remuneración bruta igual o superior $ 25.000
Para estos sujetos se mantienen las deducciones personales dispuestas en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias vigentes al día de hoy. Es decir, no tienen ningún beneficio con el dictado del Decreto Nº 1.242/2013.
4. Empleados en relación de dependencia y jubilados que residan en las Provincias patagónicas más La Pampa – Ley 23.272.
Por último, el artículo 6º del Decreto Nº 1.242/2013 dispone un incremento del treinta por ciento (30%) de las deducciones establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, cuando se trate de las ganancias a que se refieren los incisos a), b) y c) del artículo 79 de dicha Ley, cuyos beneficiarios sean empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados que viven en las Provincias y, en su caso, Partido a que hace mención el artículo 1º de la Ley Nº 23.272 y su modificación.
El Gobierno financiará una parte de las mejoras en el impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría con nuevos gravámenes a la renta de capital, constituida por la compraventa de bonos y acciones que no coticen en bolsa y por dividendos de todas las empresas que perciben los accionistas particulares. Un proyecto de ley que ingresará en los próximos días al Congreso propondrá gravar con el 10% a los dividendos y el 15% a la transacción de porciones de empresas.
Según los cálculos que hizo el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, la suba del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias para eximir del pago a los salarios brutos de hasta $ 15.000 mensuales demandará un esfuerzo fiscal de $ 2.581 millones.
El aumento del 20% en el mínimo no imponible para los salarios de entre $ 15.000 y $ 25.000 brutos significará un costo de $ 1.317 millones. Y el aumento del 30% para los trabajadores de la región patagónica demandará otros $ 217 millones. Además, la extensión de la percepción de las asignaciones familiares a quienes ganen hasta $ 15.000 o cónyuges de ingresos conjuntos de hasta $ 30.000 tendrán un costo de $ 380 millones para el Estado.
En total, afirmó el recaudador, la medida que comenzará a regir desde el mes próximo tendrá un costo de $ 4.495 millones.
La medida beneficiará a 1,5 millones de empleados y jubilados.
El cálculo, afirmaron fuentes de la AFIP, es cuatrimestral, o de aquí a fin de año. Anualizado, entonces, representará un “esfuerzo fiscal” de $ 13.485 millones. Esa cifra representa el 25% de los $ 54.000 millones que recauda el fisco en concepto del impuesto a las Ganancias a la cuarta categoría en la actualidad.
Una parte mínima de ese financiamiento provendrá de la creación del impuesto del 15% a la compraventa de títulos y acciones, o compraventa de empresas. Este impuesto había sido erradicado por el entonces ministro de Economía, Domingo Cavallo, mediante el decreto 2284 de 1991. Y por el quite de la exención al pago de Ganancias al cobro de dividendos, que pasarán a pagar un tributo del 10%. El primer impuesto aportará $ 697 millones al año. El segundo, $ 1.359 millones.
En total, ese “esfuerzo fiscal” anual de casi $ 13.500 millones tendrá una contrapartida de $ 2.056 millones al año.
Por otro lado, el Gobierno espera que esos recursos que deja de percibir el fisco se vuelquen al consumo y, por lo tanto, generen nuevos ingresos a la AFIP, mediante el IVA y otros impuestos. Simbólico Echegaray aclaró que el impuesto a la compraventa de bonos y acciones no alcanzará a los instrumentos que coticen en dólares para no afectar el ahorro. Pero en el caso de una empresa que tenga parte de su capital en cotización pública, si un inversor compra la parte de la sociedad que no está en Bolsa, pagará el tributo.
En el caso de los dividendos, la AFIP ya sabe qué personas deberán pagar el nuevo impuesto, ya que la percepción de estos beneficios consta en las declaraciones juradas, aunque en la actualidad están eximidos del impuesto a las Ganancias. En otras palabras, los contribuyentes ya informan si tienen acciones de empresas y qué ganancia le retribuyen, aunque no estén alcanzadas por el tributo en la actualidad.
En el marco del encuentro en Casa de Gobierno con representantes gremiales y sindicales, la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, anunció hoy una modificación en el régimen de ganancias y de Asignaciones Familiares.
A partir del 1ero de septiembre, se modifica el tope actual para percibir las Asignaciones Familiares,
que era de $8400 por cada cónyuge y $16.800 por grupo familiar a $15.000 por cada uno de los cónyuges y $30.000 por grupo familiar. Este grupo pasará a cobrar $110 por cada uno de los hijos.
Como explicó el Director Ejecutivo de la ANSES, Diego Bossio, esta modificación rige para todas las asignaciones familiares con tope de ingresos: asignación por hijo, por nacimiento, por adopción, por matrimonio y ayuda escolar anual.
Esto permite que todos los grupos familiares mantengan un beneficio mediante el cobro de asignaciones familiares o mediante la deducción del Impuesto a las Ganancias.
Hasta hoy, cobran el salario familiar 3.293.503 chicos, una cifra que aumentará hasta los 4.042.000, es decir, 850.000 chicos más, a partir de la modificación anunciada hoy, dijo Bossio.
