Se publicó en el Boletín Oficial en el día de ayer.
Se establecen los siguientes plazos devencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Resolución (G) Nº 1/2010:
a) Asociaciones Civiles y Fundaciones hasta el 29 de julio inclusive
b) Sociedades Extranjeras hasta el 30 de septiembre inclusive
c) Sociedades Comerciales hasta el 30 de noviembre inclusive para el envío vía Web del aplicativo, continuando vigente la solicitud on line de turnos para la presentación en soporte papel de la Declaración Jurada respectiva
