En el 2012, la inscripción en el Régimen Simplificado por el Impuesto a los Ingresos Brutos, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se pagará bimestralmente.
El Régimen Simplificado optativo, significa que siempre y cuando cumpla con las características para ingresar al mismo, puede optar entre el Régimen Simplificado o Contribuyente Local – Régimen General, si no existieran las mismas debe inscribirse en el General.
Los contribuyentes ya inscriptos en Régimen Simplificado pueden optar por el pase a Régimen General pero en estos casos no podrán regresar a la modalidad anterior por un periodo de 3 años.
A continuación se detallan algunos detalles, sobre el nuevo sistema:
Modificación de categorías y montos a pagar
A partir de 01/2012 en el Régimen Simplificado hay 6 categorías y las cuotas serán bimestrales. Los contribuyentes que se encontraban inscriptos en la categoría I o II han sido recategorizados de oficio a la categoría mínima vigente.
Cuadro de categorías e importes vigentes:
| Categoría | Base Imponible | Superficie Afectada | Energía Eléctrica consumida | Impuesto para actividades con Alícuotas | ||||
| Más de | Hasta | Del 3% y superiores | Inferiores al 3% | |||||
| Anual | Bimestral | Anual | Bimestral | |||||
|
III |
0 |
36.000 |
45 m2 |
5.000 KW |
$720.- |
$120.- |
$360.- |
$60.- |
|
IV |
36.000 |
48.000 |
60 m2 |
6.700 KW |
$1.080.- |
$180.- |
$540.- |
$90.- |
|
V |
48.000 |
72.000 |
85 m2 |
10.000 KW |
$1.440.- |
$240.- |
$960.- |
$160.- |
|
VI |
72.000 |
96.000 |
110 m2 |
13.000 KW |
$2.180.- |
$363.- |
$1.080.- |
$180.- |
|
VII |
96.000 |
120.000 |
150 m2 |
16.500 KW |
$2.880.- |
$480.- |
$1.440.- |
$240.- |
|
VIII |
120.000 |
144.000 |
200 m2 |
20.000 KW |
$3.600.- |
$600.- |
$1.800.- < /td> |
$300.- |
Pago. Forma de ingreso:
El pago ingresará por posiciones bimestrales vencidas a partir de marzo de 2012 con la boleta de pago emitida por el sistema únicamente, las entidades bancarias no recepcionarán pagos hasta entonces
Alta de régimen simplificado:
En el caso de haber estado inscripto anteriormente en ISIB, podrá realizar el alta online con la Clave Ciudad nivel 1 ó 2. De tratarse de un contribuyente nuevo, necesitará pasar por el Centro de Gestión y Participación Comunal (CGPC) más cercano a su domicilio con CUIT y DNI a efectos de ser incluido en el padrón, ó en Viamonte 900, de 9.30 a 15.30 hs.
Trámites exclusivos en el Centro de Gestión y Participación Comunal (CGPC):
Los trámites que deberá realizar exclusivamente en el Centro de Gestión y Participación Comunal perteneciente a su Comuna son:
– Inscripciones y Modificaciones en Régimen Simplificado (en los casos en que no se pueda hacer ON LINE).
– Inscripción y Modificación en Ingresos Brutos Régimen General.
Cuando pasar del régimen simplificado a contribuyentes locales:
En los periodos de recategorización (marzo y septiembre), o fuera de ellos. En el caso de modificar su actividad por una que no este incluida en las que se puedan liquidar mediante el Régimen Simplificado, de igual modo, al superar alguno de los parámetros que determinan la pertenencia a dicho Régimen. En cualquiera de estos casos deberá dirigirse a la Administración para efectuar la consulta.
Traspaso a Régimen General
Para realizar el traspaso se deberá poseer clave ciudad, con esta misma, se ingresa al Sistema de Gestión Integral Tributaria, utilizando la solapa de “Pase a Otras Categorías ISIB-RS”. El trámite esta sujeto a aprobación de la Administración, por lo tanto una vez realizado deberá presentarse en la misma con la constancia del trámite emitida por el sistema.
Traspaso a Convenio Multilateral:
Para realizar este traspaso, se deberá realizar la baja en Régimen Simplificado en la página Web de AGIP, con CUIT y Clave Ciudad, y posteriormente realizar el alta en Convenio Multilateral a través de padrón Web.
Pasos a realizar cuando se encuentre en otro régimen y se opte por el Régimen Simplificado
Deberá ingresar en la página Web con CUIT y Clave Ciudad en la 1ra. pantalla que aparece están sus datos y las distintas acciones que podrá utilizar. En “Servicios”, deberá estar habilitada la opción Ingresos Brutos, de no ser así “Habilitar el Servicio”. Una vez habilitado, ingresar a Ingresos Brutos, se abrirá un nuevo programa denominado SISTEMA DE GESTION INTEGRAL TRIBUTARIA (GIT), una vez ingresado siga la siguiente ruta: Ingresos Brutos; ISIB-Régimen Simplificado-Trámites de Altas al Padrón – Alta de ISIB-RG – Cargar los datos que requiere el sistema.
Si una vez ingresado apareciera la leyenda “CUIT no existente en Padrón de Contribuyentes”, deberá concurrir al Centro Gestión y Participación Comunal con DNI, y CUIT, el trámite que se realiza le permitirá su inscripción On Line.
En caso de estar inscripto en Convenio Multilateral, se procederá a realizar la baja en éste y el alta al régimen simplificado.
