La AFIP informará el riesgo de ser fiscalizado
En pocos días más, los contribuyentes impositivos podrán saber cómo los considera -por su grado de cumplimiento- la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y, en función de ello, conocer cuán probable es que sean alcanzados por una fiscalización.
El organismo recaudador ya tiene categorizados a 1,1 millones de empresas y personas físicas, según una escala que va de la A (bajo riesgo de ser fiscalizado) a la E (alto riesgo de ser fiscalizado).
En una primera etapa, que comenzará en aproximadamente una semana, 220.000 de esos contribuyentes podrán acceder por Internet a sus datos en el Sistema de Perfil de Riesgo (Siper). Pasado mañana se publicará en el Boletín Oficial la resolución 1974, firmada por el jefe de la AFIP, Alberto Abad, que reglamenta el sistema.
En pantalla se podrá ver cuál es la calificación y, en caso de no ser la de menor riesgo, podrá leer también cuál o cuáles son los «desvíos» que originaron su categoría no satisfactoria.
Si el afectado considera que no es justa su calificación, podrá enviar su requerimiento de corrección por la propia página web, indicando cuáles son los «desvíos» que afirma no corresponden. Si una vez cumplida esa instancia persisten las diferencias con el organismo, se podrá tramitar la corrección, pero en forma personal, en una agencia de la DGI.
El otorgamiento de las categorías se hará en forma cuatrimestral y los plazos para expresar eventualmente la disconformidad vencerán el 15 del mes siguiente al período al que corresponde la calificación.
Criterios
En el primer grupo se incluye la evaluación de hechos como la cantidad de clausuras; las inconsistencias en la base de facturación; la falta de presentación de declaraciones juradas; cambios reiterados de domicilio o falta de localización del domicilio declarado.
Entre los criterios aduaneros se observa si hay causas penales; si faltan pagos de derechos, y se considera la eliminación o suspensión del registro de importadores o exportadores. El factor externo, en tanto, es la observación del registro de deudores en el Banco Central.
El organismo recaudador ya tiene categorizados a 1,1 millones de empresas y personas físicas, según una escala que va de la A (bajo riesgo de ser fiscalizado) a la E (alto riesgo de ser fiscalizado).
En una primera etapa, que comenzará en aproximadamente una semana, 220.000 de esos contribuyentes podrán acceder por Internet a sus datos en el Sistema de Perfil de Riesgo (Siper). Pasado mañana se publicará en el Boletín Oficial la resolución 1974, firmada por el jefe de la AFIP, Alberto Abad, que reglamenta el sistema.
En pantalla se podrá ver cuál es la calificación y, en caso de no ser la de menor riesgo, podrá leer también cuál o cuáles son los «desvíos» que originaron su categoría no satisfactoria.
Si el afectado considera que no es justa su calificación, podrá enviar su requerimiento de corrección por la propia página web, indicando cuáles son los «desvíos» que afirma no corresponden. Si una vez cumplida esa instancia persisten las diferencias con el organismo, se podrá tramitar la corrección, pero en forma personal, en una agencia de la DGI.
El otorgamiento de las categorías se hará en forma cuatrimestral y los plazos para expresar eventualmente la disconformidad vencerán el 15 del mes siguiente al período al que corresponde la calificación.
Criterios
En el primer grupo se incluye la evaluación de hechos como la cantidad de clausuras; las inconsistencias en la base de facturación; la falta de presentación de declaraciones juradas; cambios reiterados de domicilio o falta de localización del domicilio declarado.
Entre los criterios aduaneros se observa si hay causas penales; si faltan pagos de derechos, y se considera la eliminación o suspensión del registro de importadores o exportadores. El factor externo, en tanto, es la observación del registro de deudores en el Banco Central.
