MUY IMPORTANTE: FACTURAS A CONSUMIDORES FINALES EN CABA EL 30/09/2026 VENCE EL PLAZO PARA ADECUAR LOS SISTEMAS ¡!

En nuevo Régimen de Transparencia Fiscal, dispone la obligación de informar la incidencia del impuesto sobre los Ingresos Brutos en las facturas, tickets o documentos equivalentes emitidos a consumidores finales por operaciones en CABA.

A los efectos de evitar sanciones, se deben adaptar los sistemas y dispositivos de facturación antes del 30/09/2026, con las siguientes leyendas:

  1.  “ALÍCUOTA ISIB CABA X%”: Se deberá consignar la alícuota de Ingresos Brutos aplicable a la operación (3%, 4%, 5%, etc.). Obligatorio para los contribuyentes locales de CABA, excepto los contribuyentes del Régimen Simplificado que se encuentran exceptuados.

Solo consignar alícuotas entre el 3% y el 5%, según actividad.

  1. Convenio Multilateral: adicionar a la leyenda “APLICABLE SOBRE INGRESOS BRUTOS ATRIBUIDOS A CABA”
  2. En operaciones exentas, solo consignar: “OPERACIÓN EXENTA ISIB CABA”.
  3. En su defecto, para contribuyentes en Promoción se deberá consignar: “OPERACIÓN ALCANZADA POR REGÍMENES DE PROMOCIÓN ECONÓMICA