ULTIMO MOMENTO: AUMENTO COMERCIO

 

Convenio Colectivo de Empleados de Comercio, CCT 130/1975. El nuevo acuerdo salarial 2016, exige el pago aunque no haya homologación previa.

 

En el día de la fecha se han reunido las partes representativas de la actividad mercantil alcanzadas por el CCT 130/1975 y suscribieron el nuevo Acuerdo de recomposición salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación.

Del nuevo Acuerdo salarial se destacan los siguientes aspectos:

  • Incremento salarial: se establece un incremento de los salarios básicos del 20% a partir de abril de 2016.
  • Gratificación extraordinaria: se conviene el pago de una asignación de carácter no remunerativo de $ 2.000 a abonarse en dos cuotas iguales de $ 1.000, la primera de ellas del 1º al 7 de abril de 2016 y la segunda del 1º al 7 de junio de 2016.
  • Aporte a OSECAC: se dispone un aporte con destino a OSECAC de $ 100 por el plazo comprendido entre abril de 2016 y marzo de 2017 a cargo de los trabajadores que se encuentren afiliados a la obra social de la actividad mercantil.

Se señala que, a pesar de ser condición para la validez y exigibilidad del Acuerdo la homologación por parte de la Autoridad de Aplicación, en caso de estar pendiente la misma y se produzcan vencimientos de plazos para el pago de los incrementos pactados, los empleadores abonarán las sumas devengadas con la mención de «pago anticipado a cuenta del Acuerdo Colectivo Abril 2016», los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes una vez homologado el Acuerdo.