AFIP: FERIA FISCAL DE INVIERNO.

Desde el martes 10 y hasta el 20 de julio de 2012 rige la suspensión de los plazos procedimentales. A través de la Resolución General N° 3348 la AFIP fija, entre el 10/7/2012 y el 20/7/2012, ambas fechas inclusive, la feria administrativa de invierno para el período fiscal 2012.

Durante este lapso no se computarán los plazos procedimentales respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.

No obstante, la feria no modifica los plazos de presentación de Declaraciones Juradas ni suspende los vencimientos de los pagos a efectuar a favor del Organismo.

Los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas, notificados durante los períodos del receso, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del período de feria.