UIF: CONTROL TOTAL EN INVERSIONES INMOBILIARIAS

La UIF investigará compras de propiedades a «boca de pozo» y obliga a intermediarios a informar todas las operaciones de venta, alquiler o fideicomiso.

En lo que representa una de las principales cuentas pendientes con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), la Unidad de Información Financiera (UIF) publicará en las próximas semanas, en el Boletín Oficial, las medidas de control sobre los fideicomisos financieros orientados a la construcción desde el pozo y al consumo masivo.

Fuentes gubernamentales expresaron a BAE que “es la última gran resolución que está quedando y será una señal muy fuerte hacia el GAFI, de cara el plenario general de octubre próximo”. En esta cumbre, el Gobierno espera una nueva aprobación del organismo, mientras que un mes antes, en septiembre, una delegación del GAFI realizará una visita al país para monitorear el plan de acción oficial.

La medida apunta a los fideicomisos financieros que tienen como blancos a los proyectos inmobiliarios desde el pozo; aquellos relacionados directamente con el consumo masivo (los casos emblemáticos son los de Garbarino y Frávega), y los fideicomisos para obras de infraestructura.

La resolución de la dependencia presidida por José Sbattella obligará a los fiduciarios a reportar sistemáticamente la legalidad de los fondos de los clientes. Las principales sospechas recaen sobre los proyectos inmobiliarios desde el pozo, que en el 2011 representaron u$s3.000 millones.

Los capítulos que conformarán la resolución de la UIF se refieren a las políticas para prevenir e impedir el lavado de activos y la financiación del terrorismo; la identificación y conocimiento del cliente; la elaboración del legajo y la conservación de la documentación; el reporte sistemático de operaciones, y a las sanciones para quienes no cumplan con la norma.

Otro de los frentes de ataque son los fideicomisos que utilizan grandes cadenas de electrodomésticos para financiarse a mediano y largo plazo en el mercado de capitales.

“Creemos, en función de las conversaciones mantenidas internacionalmente, que el control del Gobierno sobre los fideicomisos de la construcción y el consumo es el último eslabón importante como para que no queden resquicios en el plan estratégico”, sostuvieron las fuentes oficiales.

GAFI. El pasado 26 de junio, el GAFI felicitó a la Argentina por el “progreso continuo” en torno de las medidas para combatir el lavado y el financiamiento del terrorismo. Destacó especialmente el decreto presidencial que dispone el congelamiento de fondos vinculados a actividades terroristas.

El comunicado oficial del GAFI, publicado en su sitio de Internet, contiene las conclusiones del plenario realizado en Roma en el que fue evaluada la situación de varios Estados. En esa oportunidad, el ministro de Justicia, Julio Alak, realizó una exposición del plan de acción ejecutado por el país.

El grupo especial de seguimiento del GAFI (el ICRG) efectuó recomendaciones para mejorar las políticas en diversos países. En el capítulo destinado a la Argentina, sugirió para la cumbre de octubre que profundice las relaciones de cooperación internacional y fortalecer el rol de la UIF.

Por su parte, a través de la resolución 16/2012, se determina que por cada operación que concrete un corredor inmobiliario (compraventa, alquiler o fideicomiso) se deberá confeccionar un legajo de la operación, el cual deberá describir el perfil de cada una de las partes intervinientes.

Un ejemplo de los datos a informar a la UIF, son los siguientes:

  • Datos de la operación inmobiliaria a realizar por una persona física cuando actúa en nombre propio,  o cuando actúa por cuenta de terceros (tanto para personas físicas como jurídicas)
  • Declaración Jurada sobre Licitud y origen de los fondos para personas físicas, que actúan por sí o en representación de terceros (personas físicas o jurídicas)
  • Es común en la práctica inmobiliaria, que se realicen las denominadas operaciones encadenadas, en las cuales ya participó otro matriculado (agente inmobiliario). Esta información formará parte del legajo de la operación.
  • Declaración Jurada sobre la condición de persona Expuesta Políticamente.

La UIF estableció en el resolución que cuando una misma persona física o jurídica, realice  operaciones por un monto anual que alcance o supere la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) por cualquier concepto, compraventa, alquiler o fideicomisos, se deberán extremar los análisis documentales que respalden la operación,  analizando el perfil del cliente que nos permita concluir si estamos o no, en presencia de una operación de lavado de dinero que debiera ser informada a la UIF.

Se considera una operación inusual, cuando a juicio del responsable la operación realizada no guarda relación con el perfil económico, financiero, patrimonial o tributario del cliente o porque se desvía de los usos y costumbres de las prácticas del mercado.

Se considera una operación sospechosa a aquellas que previamente fueron definidas como inusuales, dado que no guardan relación con las actividades lícitas declaradas por los clientes (Anexo C o D) o cuando se verifiquen dudas respecto a la autenticidad, veracidad o coherencia de la documentación presentada por el cliente que permitan a priori concluir que se está frente una sospecha de lavado de dinero o existan sospechas de que están vinculadas con la financiación del Terrorismo.

Para la UIF, todo dinero que no se pueda justificar lícitamente, es considerado a priori, lavado de dinero y debe ser informado vía web con un informe de operación sospechosa (ROS).

Toda información proporcionada a la UIF tiene carácter confidencial en relación al cliente y terceros. Esto significa, que a nadie debe informársele de manera anticipada, si  se  toma la decisión de generar un informe de operación sospechosa (ROS) frente a la UIF. Primero se realiza la operación y luego se informa de la misma vía web a la UIF.

Para evitar responsabilidades de los matriculados, se les aconseja a las inmobiliarias informar (en forma secreta) todas las operaciones que superen el monto indicado por la UIF de $ 600.000.-, o aquellas que consideren sospechosas,  y que en todos los casos armen sus legajos de operaciones con todos los anexos y documental correspondiente.