ARBA: NUEVOS NIVELES DE RIESGO FISCAL

Según la Resolución Normativa N° 32/16, se modifica el sistema de evaluación del riesgo fiscal, en las categorías en las que se incluirán a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

ARBA ha modificado los parámetros de calificación de los contribuyentes, a los efectos de la fijación de alícuotas de percepción o retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La categoría representativa del riesgo fiscal será tenida en cuenta para planificar el curso de las acciones de fiscalización y control de las obligaciones tributarias que regularmente lleva a cabo la Agencia de Recaudación, de modo tal que dichas acciones se dirijan preferentemente a quienes evidencien un mayor grado de incumplimiento.

A fin de determinar la categoría que corresponde asignar a cada contribuyente, se utilizará un coeficiente (“Coeficiente de Ajuste de Alícuota por Sujeto”) creado a partir de la combinación de distintos Indicadores, como por ejemplo:

  1. Indicador de presentación de declaraciones juradas y pagos.
  2. Indicador de diferencia de alícuotas para el cálculo del impuesto sobre los ingresos brutos.
  3. Indicador de presentación de declaraciones juradas rectificativas.
  4. Indicador de rectificación en menos de base imponible.
  5. Indicador de declaraciones juradas fuera de término.
  6. Indicador de declaraciones juradas presentadas en 0 (cero).
  7. Indicador de acceso al domicilio fiscal electrónico.

Se recategorizará a cada sujeto, cada CUATRO MESES, tomando la información de su cumplimiento en los últimos 12 meses.