AGIP dispuso que, a partir del 31/08/2026 (lo que implicará adecuar los sistemas de facturación), las facturas emitidas a consumidores finales deberán informar la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ISIB) aplicable en CABA.
Si bien la medida se enmarca dentro del régimen de transparencia fiscal, hay dudas operativas, especialmente en contribuyentes comprendidos en Convenio Multilateral, donde la incidencia efectiva del impuesto puede variar según la atribución jurisdiccional.
Asimismo, la norma obliga a informar la alícuota aplicable (%), y no el monto efectivo del impuesto incluido en el precio ($).
Por lo tanto, entendemos razonable esperar aclaraciones complementarias sobre determinados aspectos operativos de implementación.
