El Régimen de Incentivo a la Mediana Inversión (RIMI) introduce beneficios fiscales y financieros para proyectos productivos, con impacto directo en el flujo de caja.
Permite mejorar el financiamiento de inversiones mediante amortización acelerada en Ganancias y devolución anticipada de IVA, aunque exige un cumplimiento estricto de las condiciones para sostener los beneficios.
RECOMENDACIONES
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Especial para contextos de alta carga financiera o inflación, donde acelerar amortizaciones y recuperar IVA mejora sensiblemente el flujo de caja.
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Es clave para redefinir el timing de inversiones en proyectos ya definidos o en etapa avanzada, siempre que se asegure el cumplimiento de montos y plazos exigidos.
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Requiere orden fiscal: es un régimen más eficiente en empresas sin contingencias y con disciplina en el cumplimiento tributario.
BENEFICIOS
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Amortización acelerada en Ganancias
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Bienes muebles: en 2 cuotas
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Infraestructura: vida útil reducida al 60%
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Casos especiales (según proyecto): hasta 100% en un ejercicio
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Devolución anticipada de IVA
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Recupero anticipado de créditos fiscales
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Evita la inmovilización y licuación del saldo técnico
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Montos mínimos de inversión
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Micro: USD 150.000
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Pequeña: USD 600.000
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Mediana Tramo 1: USD 3.500.000
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Mediana Tramo 2: USD 9.000.000
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Proyectos sin monto mínimo
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Riego agrícola
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Mallas antigranizo
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Energías renovables / eficiencia energética
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Genética animal
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CONDICIONES DEL PROYECTO
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Plazo de ejecución: hasta 2 años
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Obras en curso: avance menor al 30% al 06/03/2026
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Certificación profesional obligatoria en determinados casos
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Conversión a USD según tipo de cambio BNA
INVERSIONES ALCANZADAS
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Incluidas:
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Maquinaria nueva
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Bienes de capital
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Infraestructura productiva
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Excluidas:
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Mercadería
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Activos financieros
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Automóviles no afectados a la actividad
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REQUISITOS
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Acceso al régimen
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Certificado MiPyME vigente (hasta Mediana Tramo 2)
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Condiciones fiscales
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Sin deuda fiscal exigible
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Correcta registración ante ARCA
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