ESTÁ OPERATIVO EL RIMI: RÉGIMEN DE INCENTIVO A LA MEDIANA INVERSIÓN

El Régimen de Incentivo a la Mediana Inversión (RIMI) introduce beneficios fiscales y financieros para proyectos productivos, con impacto directo en el flujo de caja.
Permite mejorar el financiamiento de inversiones mediante amortización acelerada en Ganancias y devolución anticipada de IVA, aunque exige un cumplimiento estricto de las condiciones para sostener los beneficios.

RECOMENDACIONES

  • Especial para contextos de alta carga financiera o inflación, donde acelerar amortizaciones y recuperar IVA mejora sensiblemente el flujo de caja.

  • Es clave para redefinir el timing de inversiones en proyectos ya definidos o en etapa avanzada, siempre que se asegure el cumplimiento de montos y plazos exigidos.

  • Requiere orden fiscal: es un régimen más eficiente en empresas sin contingencias y con disciplina en el cumplimiento tributario.

BENEFICIOS

  • Amortización acelerada en Ganancias

    • Bienes muebles: en 2 cuotas

    • Infraestructura: vida útil reducida al 60%

    • Casos especiales (según proyecto): hasta 100% en un ejercicio

  • Devolución anticipada de IVA

    • Recupero anticipado de créditos fiscales

    • Evita la inmovilización y licuación del saldo técnico

  • Montos mínimos de inversión 

    • Micro: USD 150.000

    • Pequeña: USD 600.000

    • Mediana Tramo 1: USD 3.500.000

    • Mediana Tramo 2: USD 9.000.000

  • Proyectos sin monto mínimo

    • Riego agrícola

    • Mallas antigranizo

    • Energías renovables / eficiencia energética

    • Genética animal

CONDICIONES DEL PROYECTO

  • Plazo de ejecución: hasta 2 años

  • Obras en curso: avance menor al 30% al 06/03/2026

  • Certificación profesional obligatoria en determinados casos

  • Conversión a USD según tipo de cambio BNA

INVERSIONES ALCANZADAS

  • Incluidas:

    • Maquinaria nueva

    • Bienes de capital

    • Infraestructura productiva

  • Excluidas:

    • Mercadería

    • Activos financieros

    • Automóviles no afectados a la actividad

REQUISITOS

  • Acceso al régimen

    • Certificado MiPyME vigente (hasta Mediana Tramo 2)

  • Condiciones fiscales

    • Sin deuda fiscal exigible

    • Correcta registración ante ARCA