Noticias periodísticas hablan de una prórroga de los plazos establecidos en la ley 27.260.
Nuestro Estudio ha tomado como posición, desde el inicio de este proceso de adhesión a la ley referida, adoptar un criterio técnico basado en el cumplimiento de los requisitos fundamentales que no hagan peligrar la presentación efectuada por nuestros clientes.
Para limitar al máximo las contingencias, sugerimos y esperamos a que se emitieran las normas aclaratorias en cada vencimiento, y hemos debatido las propuestas doctrinarias que se podían aplicar en cada uno de los casos, en forma individual.
La noticia de esta posible modificación, a nuestro criterio pone el riesgo el principio constitucional de que una norma de jerarquía mayor (ley) no puede ser modificada por una norma menor (decreto).
Con el agravante de la inclusión de la materia tributaria en este posible decreto de Necesidad y Urgencia.
La contingencia es demasiado alta para tentarse en no cumplir con lo normado por la Ley, salvo que el Poder Legislativo lo convalide.
Por lo tanto, a nuestro criterio y salvo alguna novedad en el sentido comentado, debemos mantener vigentes los vencimientos del 31 de marzo de 2017.
