La Dirección General Impositiva (DGI) uruguaya divulgó un listado de países, jurisdicciones y regímenes considerados de baja o nula tributación (conocidos como BONT), y aumenta los impuestos a las sociedades radicadas en dichos territorios.
Panamá y las Islas Vírgenes son los territorios más relevantes que aparecen en el listado, por la alta cantidad de sociedades en esas jurisdicciones utilizadas para la tenencia de inmuebles u otros activos.
La resolución de la DGI abarca una lista de más de 70 jurisdicciones entre las que sobresalen Panamá, Islas Vírgenes de EEUU, BVI, Jamaica, Comunidad de Bahamas, Antillas Holandesas, Antigua y Barbuda, Mónaco, Puerto Rico, entre algunos países, cuyos titulares tienen inmuebles y activos en Uruguay.
Los titulares de sociedades offshore de estos países, tiene un plazo que vence el 30 de junio del corriente para disolver o transferir los activos a otras entidades o personas de origen uruguayo o instaladas en países no BONT, sin pagar impuestos por la transacción, o redomiciliarse en Uruguay creando una sociedad anónima.
Uruguay confirmó el año pasado su compromiso de comenzar en 2018 el intercambio automático de información tributaria con otros fiscos en el marco de una propuesta de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
La nueva normativa de Uruguay establece que todos aquellos que cuenten con sociedades en ese conjunto de países deberá ahora tributar IRAE (25%), IRPF (12%) e IRNR (12%) sobre las rentas provenientes de la venta de acciones.
Además, se eleva al 25% la tasa de IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) aplicable a las rentas obtenida en paraísos fiscales. Se exceptúa el caso de los dividendos y utilidades, cuya tasa se mantendrá en 7%.
Además, las rentas correspondientes a la venta de bienes inmuebles situados en territorio uruguayo se gravan con una tasa general del 25% más una tasa complementaria del 5,25%. Para rentas originadas en otras trasmisiones patrimoniales de bienes situados en territorio uruguayo la renta ficta pasa del 20% al 30%.
Asimismo, las entidades ubicadas en jurisdicciones de baja tributación pasarán a tributar en Uruguay, Impuesto al Patrimonio a una tasa del 3% -antes pagaban 1,5%-.
LISTADO DE PAÍSES O TERRITORIOS DECLARADOS DE BAJA O NULA TRIBUTACIÓN (BONT)
EN URUGUAY
Andorra
Angola
Anguila
Antigua y Barbuda
Antillas Holandesas
Aruba
Ascensión
Barbados
Belice
Bermudas
Brunei
Colonia de Gibraltar
Commowealth de Dominica
Comunidad de Bahamas
Estado de Bahréin
Federación de Saint Kitts y Nevis
Grenada
Guam
Guyana
Honduras
Hong Kong
Isla de Cocos (Isla de Keeling)
Isla de Jersey
Isla de Man
Isla de Montserrat
Isla de Navidad
Isla de Santa Elena
Isla Guernesey
Isla Norfolk
Isla Pitcairn
Islas Caimán
Islas de Cook
Islas del Pacífico
Islas Fiji
Islas Maldivas
Islas Malvinas/Falkland Islands
Islas Marshall
Islas Palau
Islas Solomón
Islas Turcas y Caicos
Islas Vírgenes de Estados Unidos de América
Islas Vírgenes Británicas
Jamaica
Jordania
Kiribati
Labuán
Líbano
Liberia
Macao
Mónaco
Niue
Panamá
Polinesia Francesa
Puerto Rico
Reino de Tonga
República de Chipre
República de Mauricio República de Nauru
República de Seychelles
República de Vanuatu
República de Yemen
Samoa
San Pedro y Miquelón
San Vicente y las Granadinas
Santa Lucía
Serenísima República de San Marino
Sultanato de Omán
Svalbard
Swazilandia
Tokelau
Tristán de Acuña
Tuvalu
Yibuti (Djibouti)
