Nuestro Estudio propone, salvo exigencias puntuales, no ser los primeros.
Para ello, trataremos de ayudar a tomar la mejor decisión respecto de la exteriorización de cada cliente.
Estimamos que se conocerá próximamente nueva normativa, para aclarar determinados puntos que la doctrina hoy discute.
Sin embargo, es importante no perder un minuto en la obtención de beneficios que hoy están disponibles y en ejecutar todas las acciones que no empeoran la situación actual, y se pueden tomar sin comprometer la decisión final, que siempre es irreversible.
Insistimos en abrir una cuenta comitente para operar en el Banco de Valores, y abrir la cuenta de la Com. BCRA 6022/16.
Nos preocupan los clientes que tienen que depositar por 180 días tenencias de dinero o moneda existentes fuera de cuentas bancarias. Deben tener todo preparado entre fines de septiembre y principios de octubre.
Estamos enviando los requerimientos de documentación y valuaciones de, los bienes, cuentas y participaciones, locales y del exterior, al 22/07/2016.
Seguimos pensando que es una decisión trascendente y que el verdadero cambio de paradigma es el “día después”.
En principio TODOS LOS MOVIMIENTOS posteriores a la fecha de preexistencia, están gravados por lo menos con Impuesto a las Ganancias.
Y por otro lado es muy importante la planificación de una nueva estructura impositiva que permita minimizar los costos, y a la vez, ayude a dejar preservados y determinados los derechos de los herederos, que quieran dejarse estipulados.
