CNV LIMITA EL USO DE CUENTAS COMITENTES PARA COBROS Y PAGOS

La CNV dispuso que, a partir del 15 de septiembre de 2026, los ingresos y egresos de fondos deberán realizarse exclusivamente mediante transferencias desde y hacia cuentas bancarias o virtuales de titularidad de cada cliente.

Hasta ahora, empresas y PyMEs recibían cheques o eCheqs, los endosaban a una ALyC, invertían transitoriamente esos fondos y luego los utilizaban para efectuar pagos sin canalizarlos por la cuenta bancaria de la empresa.

Esta operatoria permitía reducir significativamente la incidencia del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios.

A partir de ahora, esos fondos deberán canalizarse mediante transferencias desde o hacia cuentas del propio cliente y, en consecuencia, vuelve a generar la incidencia del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, según corresponda.

La CNV no modifica el impuesto ni sus alícuotas: modifica el circuito permitido para movilizar los fondos.

NOTA ACLARATORIA: El endoso de cheques, considerado aisladamente, es una operación no alcanzada por el impuesto. Sin embargo, cuando su utilización habitual —o la de otros mecanismos como depósitos en efectivo en la cuenta del proveedor— configura un sistema organizado de pagos que sustituye el uso de cuentas bancarias, ARCA considera esos movimientos como alcanzados por el Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios.