MONOTRIBUTO: NUEVAS FACTURAS.
A partir del 1º/11/2014, todos aquellos Monotributistas que hayan agotado sus facturas a dicha fecha y deban imprimir nuevos talonarios deberán hacerlo mediante el nuevo procedimiento de solicitud de autorización de impresión de comprobantes, solicitando el CAI en la web de la AFIP, en forma previa a realizar el pedido de impresión y también cumplir con el régimen de información vinculado una vez retiradas las facturas de las imprentas.
Por su parte, las imprentas deberán cumplir -a partir del mes de febrero- con el régimen informativo correspondiente a los comprobantes impresos y no retirados por los contribuyentes. Dicho régimen de información vencerá el día 15 del tercer mes inmediato siguiente a haberse solicitado el trabajo a la imprenta, resultando el mes de noviembre de 2014 el primer período a informar.
ARBA: NUEVAS ALÍCUOTAS.
A partir del 1º de noviembre de 2014, la RES. NORM. Nº 62/2014 fija en 0,30% la alícuota aplicable en el régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias -DN (DPR Bs. As.) “B” 79/2004- sobre aquellos contribuyentes cuya actividad con mayores ingresos sea la producción primaria, e industrias encuadradas dentro del artículo 13 del Convenio Multilateral.
Asimismo, se establece que los contribuyentes que no registren presentaciones de sus declaraciones juradas en los últimos 6 meses estarán sujetos a la alícuota del 4% (CUATRO POR CIENTO) en el mencionado régimen de recaudación.
