IMPORTANTE: DOS NOVEDADES EN NOVIEMBRE

  1. Servicio doméstico: Comienza el sistema de ART, cualquiera sea la cantidad de horas
  2. Monotributo: Comienzan las nuevas facturas

1. ART: Desde el próximo 3 noviembre, los empleadores del servicio doméstico estarán obligados a contratar un seguro de riesgos del trabajo que cubra los eventuales accidentes que cumple tareas dentro de su hogar, el costo mensual del seguro, fue definido un esquema de aportes diferencial que los empleadores deberán pagar a las ART según la cantidad de horas trabajadas semanalmente por el empleado.

Así el pago mensual del seguro será de $ 130 en el caso del personal empleado hasta 12 horas por semana, llegará a $ 165 cuando trabaja entre 12 y 16 horas y alcanzará a $ 230 si desempeña tareas por más de 16 horas.

Las alícuotas establecidas precedentemente se consideran premio final y podrán ser modificadas anualmente.

Recomendamos que en el caso que en el caso que ya tengan seguros contratados los manejen directamente con ellos.

En caso de dudas al respecto, recomendamos contactarse indistintamente con Alejandro Iuliano al e-mail: alejandroiuliano@martineziuliano.com.ar o con la Licenciada Cintia González al e-mail: cgonzalez@martineziuliano.com.ar  

2. MONOTRIBUTO: A partir del 1º de noviembre, todos aquellos Monotributistas que hayan agotado sus facturas a dicha fecha y deban imprimir nuevos talonarios deberán realizar el nuevo procedimiento de solicitud de autorización de impresión de comprobantes, solicitando el CAI en la web de la AFIP en forma previa a realizar el pedido de impresión, y también cumplir con el Régimen de Información vinculado una vez retiradas las facturas de las imprentas.

Aquellos comprobantes tipo C que se encuentren impresos y en existencia al 31/10/2014 podrán ser utilizados hasta el 31/12/2014 o hasta que los mismos se agoten, lo que suceda con anterioridad.

Por su parte, las imprentas deberán cumplir -a partir del mes de febrero- con el Régimen de Información correspondiente a los comprobantes impresos que no hayan sido retirados por los contribuyentes. Dicho Régimen de Información vencerá el día 15 del tercer mes inmediato siguiente a haberse solicitado el trabajo a la imprenta, resultando el mes de noviembre de 2014 el primer período a informar.

Importante: Aquellas personas encargadas de ingresar a los sistemas de IVA Compras facturas emitidas por los Monotributistas, deberán verificar la fecha de impresión de las mismas. Si estas tuviesen un pie de imprenta con una fecha igual o posterior al 1º/11/14, entonces deberán contar con el Nº de C.A.I. De no poseerlo, no deberán procesarlas. En cuyo caso, se deberá solicitar al respectivo proveedor o prestador de servicios su sustitución por un documento que cumpla con la nueva normativa.