IMPORTANTE: EL FONDO PARA DESPIDOS COMIENZA EL 1° DE NOVIEMBRE – REQUISITOS Y CARENCIAS

A partir del 1/11/2026 comienza a regir el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Los empleadores deberán elegir una entidad habilitada por la CNV para administrar los fondos y obtener su ID FAL, por lo que recomendamos iniciar el trámite con anticipación, consultando con su Banco o su asesor financiero. 

Principales aspectos a tener en cuenta:

  • Apertura de cuenta: recomendamos seleccionar la entidad habilitada por la CNV e iniciar la apertura con mucha anticipación, para obtener el ID FAL imprescindible para que ARCA derive los aportes.
  • Aportes: 2,5% para MiPyMEs y 1% para grandes empresas, sin costo adicional por la reducción equivalente de las contribuciones patronales.
  • Carencia: durante los primeros 6 aportes mensuales completos y consecutivos, los fondos que ingresan se capitalizan, pero no pueden utilizarse para afrontar indemnizaciones.
  • Inicio de la carencia: comienza con la primera contribución efectivamente integrada al FAL.
  • Antigüedad: el FAL podrá utilizarse respecto de trabajadores con una relación laboral registrada de al menos 12 meses de antigüedad al momento de la extinción.
  • Saldo insuficiente: el FAL no reemplaza la obligación indemnizatoria del empleador. Si el saldo no alcanza, la diferencia deberá ser afrontada por la empresa.
  • Mora: la falta de ingreso genera intereses y sanciones como deuda de la Seguridad Social y puede, además, afectar el cumplimiento del período de carencia.